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El problema que dichas empresas plantean es que cuando se concedió la licencia de apertura al bingo Mare Nostrum, se incumplieran varios artículos de la ley del juego de la comunidad valenciana. En concreto se violo el artículo 8.1 de la ley del juego 4/1988, en el que se habla de la distancia mínima para la autorización de una sala tiene que ser mayor de 1200 metros con respecto a otra sala ya existente, y el bingo Mare Nostrum esta pared con pared con el bingo Balcón de Levante.